PRINCIPIO DE LA CORRESPONSABILIDAD PARENTAL (Clases del día 14 de enero de 2017, UCT)

  • Ambos padres vivan juntos o separados, participarán en forma activa, equitativa y permanente de la crianza y educación de los hijos.

¿Qué pasa si uno de los padres vive con un hijo discapacitado? O aumenta la pensión de alimentos o participa colaborando con el hijo postrado.

La corresponsabilidad ES UN DEBER, UN MANDATO, ya sea que los padres vivan juntos o separados.

Una figura interesante sería un abogado defensor del hijo discapacitado que demande al padre que no se hace cargo.

Antecedentes:

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos
  • Pacto internacional de derechos civiles y políticos
  • Convención Americana de los Derechos Humanos
  • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
  • Distinción entre corresponsabilidad parental y el cuidado personal compartido. La corresponsabilidad parental sería como la correspobsabilidad parentalidad y la igualdad entre hombre y mujer, un principio que informa la custodia compartida.
  • La corresponsabilidad parental implica el reparto equitativo de los derechos y deberes entre los padres, respecto de sus hijos, tanto en el plano personal como patrimonial.
  • La distribución equitativa no es algo matemático de repartirse por igual las responsabilidades.
  • Para Andrea Muñoz, la distribución de tareas debe ser equitativa.
  • Para Marcela Acuña ambos padres participan y se responsabilizan, concurren ambos, asumen en común ciertas funciones.

REDACCIÓN IMPERATIVA

Es un deber cuyo fundamento es el interés superior del niño.

Ambos padres deben participar en forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de los hijos.

No hay libre disposición.

¿Qué rol corresponde a jueces, consejeros técnicos y mediadores al respecto?

 

 

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Patricio Schmidt

Concluida su enseñanza media ingresó en el año 1976 a la carrera de Ingeniería Comercial, en la Universidad de Chile sede Viña del Mar, ubicada en 7 Norte con Pasaje La Paz. Luego de cursar dos años, se desilusionó de la carrera por el marcado acento neoliberal de la misma, que privilegiaba lo que se denominaba en ese entonces el laissez faire, l expresión francesa que significa «dejen hacer», refiriéndose a una completa libertad en la economía: libre mercado, libre manufactura, bajos o nulos impuestos, libre mercado laboral y mínima intervención de los gobiernos. En la búsqueda personal de una vocación más humanista y cristiana, Ingresó en el año 1978 en el Pontificio Seminario Mayor "San Rafael" de Valparaíso, siguiendo un impulso por estudiar la carrera sacerdotal. Egresó de dicho centro de estudios sin ordenarse sacerdote el año 1986. Dichos estudios marcaron en él una profunda convicción cristiana y un gran amor por la Iglesia. 1980: Bachiller en Filosofía, Universidad Católica de Valparaíso 1984: Profesor de Teología, Universidad Católica de Valparaíso 2002: Postítulo en Informática Educativa, Universidad de Los Lagos, Osorno 2005: Postítulo en Mediación Familiar, Universidad de La Frontera, Temuco 2012: Postítulo en Mediación Familiar, Universidad Católica del Norte 2014: Magíster en Mediación Familiar, Universidad de Aconcagua 2016: Alumno de Magíster en Resolución Colaborativa de Conflictos, Universidad Católica de Temuco.

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