TRIBUNAL AMBIENTAL (Clase del día 6 de enero de 2017)

Una de las facultades es conocer y fallar una causa medioambiental.

El tribunal ambiental tiene jueces especializados, no generalistas. Está integrado de acuerdo al modelo de la libre competencia, con abogados y no abogados. Tiene competencia en lo legal y en lo técnico.

Se crea con criterio de regionalización. Se crean 3 Tribunales Ambientales con implementación gradual. Antofahasta, Santiago y Valdivia.

Tiene diferenciación de procedimientos: reclamaciones, solicitudes, etc.

Marco Orgánico

Los TA son órganos juridisccionales especiales.

En la designación de sus ministros intervienen todos los poderes del estado y son seleccionados a través de la Alta Dirección Pública. La Corte Suprema acorta la lista, luego el Presidente de la República confecciona una terna, la que finalmente va al Congreso.

Competencias del Tribunal Ambiental

  1. Autorizar, para evitar daño inminente al medio ambiente. Legitimado para declarar autorización para suspender una RCA es la Superintendencia del Medio Ambiente.
  2. Autorizar, cuando la ejecución del proyecto genera: daño grave.

En junio de 2016 se dictó la ley medioambiental, esta a ley contempla el tratamiento de los residuos; quiere cambiar el concepto de residuo por el de materia prima. Por ejemplo, un neumático gastado para uno es un residuo que va a parar a un vertedero; sin embargo es materia prima para hacer asfalto.

Se definen residuos de productos prioritarios: embalajes, envases, basura electrónica. Aparece la figura de los recolectores de base.